La Convalidación es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones obtenidas en un Programa de Estudios para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su peso crediticio. La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permita la incorporación o continuación en el proceso formativo.
Los requisitos por considerar son:
- Solicitud dirigida a la Dirección General antes de iniciado el proceso de matrícula.
- Certificado de estudios que acredite la aprobación de los cursos a convalidar
- Sílabos.
Consideraciones generales:
La convalidación podrá otorgarse cuando el curso a convalidad tenga una similitud en contenido, en por lo menos el 70%, al curso de destino. La convalidación es aplicable a los procesos de traslado y reincorporación y procede siempre que el tiempo de interrupción de los estudios no exceda de los cinco (5) años.
En caso de reingreso a través del proceso de admisión, el ingresante puede solicitar la convalidación de estudios previo a la finalización del proceso de matrícula y siempre que cumpla con lo establecido en el párrafo precedente.
No procede la convalidación de lo siguiente:
- Cursos desaprobados.
- Cursos del componente curricular de formación específica, excepto si proviene del mismo Programa de Estudios.
- Cursos de práctica o de investigación correspondiente a los ciclos VII al X, en caso de cambio de programa de Estudios.
Para que proceda la convalidación, el curso a convalidar debe tener igual o mayor número de créditos que el curso de destino. Sólo se admite la convalidación de un (01) curso por otro. El IESPP “RHR” establece la equivalencia en créditos en casos de planes de estudios que no cuenten con dicha información. Para ello, se requieren los sílabos visados como requisito indispensable.
La comisión encargada de evaluar el expediente presentado y de emitir el informe sobre los cursos que han sido convalidados y créditos asignados según ciclo académico está conformada por el Jefe de Unidad Académica, Secretaría Académica, Coordinación del Programa de Estudios correspondiente. La convalidación se concretiza formalmente mediante la Resolución Directoral de aprobación, la cual debe ser emitida y registrada previo a la finalización del proceso de matrícula.